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El 13 de noviembre de 2025, la @aztecFND (una 🇨🇭fundación sin ánimo de lucro) publicó su Informe de Caracterización Regulatoria del Token Aztec
El informe evalúa la clasificación regulatoria del token y su distribución pública en Suiza, la UE, EE. UU. y el Reino Unido
Desglosemos esto👇

La Fundación publicó este informe para establecer un estándar de divulgación clara y transparente.
Informe completo:
Divulgación del Documento Blanco de MiCA:
Términos de venta de la subasta pública:
Resumen ejecutivo:

Suiza🇨🇭:
FINMA ha confirmado a la Fundación que el Token Aztec califica como un token de utilidad, no es un token de pago ni un token de inversión y no constituye un depósito ni un valor.
En consecuencia, la Fundación puede llevar a cabo una venta pública del Token Aztec.
UE 🇪🇺 (1/2):
El Aztec Token es un criptoactivo que no es un token referenciado a activos ni un token de dinero electrónico.
La Fundación puede llevar a cabo una venta pública del Aztec Token cumpliendo con los requisitos relevantes de MiCA, incluyendo la notificación y publicación de un libro blanco conforme a MiCA.
UE 🇪🇺 (2/2):
La Fundación ha notificado y publicado el libro blanco del Token Aztec MiCA y llevará a cabo la venta pública en cumplimiento con los requisitos aplicables de MiCA.
Libro Blanco de MiCA:
Este es el documento clave de divulgación para el token y la venta.
US 🇺🇸 (1/3):
El Token Azteca no es un valor porque es un bien consumible vendido en función de su funcionalidad en la Red Azteca, que será inmediatamente utilizable para facilitar el control descentralizado y la participación en la Red Azteca




EE. UU. 🇺🇸 (2/3):
La venta no es una transacción de valores porque los compradores solo obtendrán el título legal de los tokens sin ningún derecho adicional, y no se está vendiendo de una manera que lleve a los compradores a esperar beneficios de los esfuerzos gerenciales de otros.




EE. UU. 🇺🇸 (3/3):
La evaluación de la Fundación es que puede llevar a cabo una venta pública del Token Aztec sin registrar el Token o tales transacciones bajo la Sección 5 de la Ley de Valores de EE. UU. de 1933.
Consulte las Secciones 3 (Antecedentes) y 6 (EE. UU.) (imágenes incluidas aquí para referencia) para el análisis.

Reino Unido 🇬🇧 (1/3):
El Aztec Token es un criptoactivo que califica para los propósitos del régimen regulatorio de servicios financieros. No constituye dinero electrónico ni fondos, ya que no implica una reclamación sobre ninguna persona por valor monetario y no es ninguna otra forma de dinero.
Reino Unido 🇬🇧 (2/3):
Dada la naturaleza de los requisitos del Reino Unido, no hay una ruta práctica para cumplir con el régimen de promociones financieras del Reino Unido para las ventas realizadas a través de DeFi, como la venta del Token Aztec a través de la nueva subasta en cadena de Uniswap, que tiene la intención de promover la equidad y la transparencia.
Reino Unido 🇬🇧 (3/3):
En consecuencia, dada esta insuficiencia de la regulación existente en el Reino Unido para permitir ventas de tokens del tipo y naturaleza de la venta de tokens de Aztec por proyectos descentralizados responsables, no se permitirá a los residentes del Reino Unido participar y beneficiarse de la venta pública.
Enlace a donde se publicó inicialmente el informe:
Avisos sobre el informe y la venta de tokens:


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